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DESAPARECE INAI Y CREAN «TRANSPARENCIA PARA EL PRUEBLO»

AGENCIA COMUNICA NETWORKS 20 marzo, 2025

Ciudad de México / Con 321 votos a favor y 125 en contra, la tarde de este jueves, fue aprobada la iniciativa que expide diversas leyes en materia de Transparencia y reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

La llamada «Transparencia para el Pueblo», será un órgano administrativo a cargo de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno que contará con
18 autoridades especializadas en transparencia y habrá otras instrucciones que podrán responder solicitudes de información entre ellas los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los estados así como el INE y otros.

De acuerdo a los lineamientos de «Transparencia para el Pueblo», no podrá clasificarse como reservada aquella información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos o con delitos de lesa humanidad, conforme al derecho nacional o a los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y ninguna persona podrá ser objeto de inquisición judicial o administrativa derivado del ejercicio del derecho de acceso a la información, ni se podrá restringir este derecho mediante vías o medios, directos o indirectos.

Además, el Estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier autoridad, agencia, comisión, comité, corporación, ente, entidad, institución, órgano, organismo o equivalente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, órganos constitucionalmente autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios o demarcaciones territoriales de Ciudad de México.

Quedan exceptuados de la aplicación de la Ley las sociedades de información crediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y demás disposiciones aplicables, y las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

Los principios y derechos previstos en esta Ley tendrán como límite en cuanto a su observancia y ejercicio, la protección de la seguridad nacional, el orden, la seguridad y la salud públicos, así como los derechos de terceros.

Hasta el momento se reconoce lo que ocurrirá con los trabajadores del INAI quienes han iniciado manifestaciones en busca del respeto a sus derechos laborales.

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