APRUEBAN REFORMAS AL PODER JUDICIAL PARA ELECCIÓN DE MAGISTRADOS Y JUECES DE VERACRUZ.

• La iniciativa de la gobernadora Rocío Nahle precisa la elección de magistradas, magistrados, juezas y jueces y la creación del Órgano de Administración Judicial, entre otras disposiciones.

Xalapa, Veracruz.- Con 39 votos a favor y nueve en contra, el Pleno de la LXVII Legislatura de Veracruz aprobó el dictamen de la iniciativa, remitida por la gobernadora del estado, ingeniera Norma Rocío Nahle García, que modifica diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en materia de reforma al Poder Judicial.

El contenido del dictamen, presentado al Pleno por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, integrada por los legisladores Carlos Marcelo Ruiz Sánchez y Diego Castañeda Aburto y por la diputada María Elena Córdova Molina, presidente, secretario y vocal, respectivamente, refiere que el objeto de la reforma es homologar la Constitución local con la reforma federal aprobada, en materia del Poder Judicial, publicada el pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Expone que la citada reforma federal transformó el paradigma del Poder Judicial, estableciendo la elección de magistradas, magistrados, juezas y jueces mediante el sufragio universal, secreto y directo, la creación de un Órgano de Administración Judicial y de un Tribunal de Disciplina Judicial, así como la eliminación de fideicomisos y fondos, abriendo la puerta a la democratización y la rendición de cuentas.

Además, destaca que las reformas indican el marco jurídico para la implementación de procesos electorales ordinarios y extraordinarios a través de convocatorias emitidas por el Congreso del Estado, asegurando el cumplimiento de plazos y lineamientos que garanticen elecciones abiertas, democráticas, con paridad de género, equidad y transparencia, en congruencia con las disposiciones federales y locales en materia electoral.

En el decreto se establece una serie de disposiciones transitorias para la implementación escalonada y ordenada del nuevo esquema, incluyendo la extinción gradual del Consejo de la Judicatura, el inicio de funciones del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, así como la armonización de las leyes secundarias, “respetando en todo momento los derechos laborales del personal del Poder Judicial del Estado”.

Con respecto a las juezas y los jueces de primera instancia, durarán en el cargo nueve años y podrán ser reelectos. Solo perderían su cargo en caso de inhabilitación o destitución pronunciada por el Tribunal de Disciplina Judicial o por retiro forzoso.

Para ser magistrada, magistrado, jueza o juez de primera instancia, se requerirá, además de los requisitos señalados en la ley, no estar inscrito en los padrones de deudores alimentarios morosos ni haber sido declarado responsable de violencia familiar, violencia política o violencia de género, estando así en condiciones de fortalecer el principio de idoneidad y la protección a grupos en situación de vulnerabilidad.

El Organismo Público Local Electoral (OPLE) no solo realizará los cómputos y entregará constancias de mayoría, sino que también declarará la validez de la elección, dando mayor certeza al resultado electoral. El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) será la instancia responsable de resolver las impugnaciones conforme a las leyes aplicables.

El periodo de campañas queda en 30 días y se suprime la etapa de precampaña. “Esta medida busca agilizar el proceso, disminuir la sobreexposición y los gastos, al tiempo que se concentra la actividad proselitista en un plazo breve y controlado”.

Además, se extiende la competencia del TEV para resolver conflictos derivados de la elección de magistradas, magistrados, juezas y jueces, además de las que surjan en la renovación del Ejecutivo, el Legislativo y los ayuntamientos, para garantizar un ámbito unificado de resolución de controversias electorales.

De igual manera, la Comisión dictaminadora consideró necesario ajustar disposiciones transitorias para señalar que, bajo el principio de perspectiva de género, si se rebasara el número de magistraturas a elegir en el proceso electoral extraordinario, la selección para depurar la lista se aplicará exclusivamente a plazas ocupadas por hombres.

“Esta medida busca salvaguardar y ampliar la participación de las mujeres magistradas en el proceso, mismo que se concatena con los principios de paridad sustantiva de género y los tratados internacionales”.

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